Cuando realizas una operación de compra-venta de una moto entre particulares uno de los aspectos que se suelen pactar es quién se encarga de los costes de transferencia. Normalmente lo asume el comprador, quien es el responsable de realizar la gestión de cambio de titularidad de la motocicleta.

Si es tu primera vez y no tienes claro cómo realizar el proceso de cambio de titularidad, no te preocupes. Aquí te contamos cuáles son los pasos que debes realizar.

Como consejos previos a la compra de una moto a un particular, es importante que solicites en la DGT un informe del vehículo para comprobar que está libre de cargas. De lo contrario podrías tener problemas si la moto tiene incidencias en Tráfico por embargos, multas pendientes, reserva de dominio (aquí tienes nuestros consejos para cancelar la reserva de dominio de una moto), impuestos de circulación impagados, etc.

Si el cambio de titularidad es por una herencia por fallecimiento de su titular aquí tienes todos los pasos que debes realizar.

 

1. Impuesto de Transmisiones Patrimoniales

El primer paso es realizar el pago del impuesto de Transmisiones Patrimoniales (Modelo 620). Después de haber comprobado que la moto está libre de cargas y haber firmado el contrato de compraventa es el momento de los impuestos. Hacienda somos todos, ya sabes… Así que descarga el modelo correspondiente, rellénalo y acude a alguna de las entidades colaboradoras para el pago del mismo. Normalmente son los principales bancos y cajas de ahorros.

Posteriormente deberás acudir a la Delegación de Hacienda de tu Comunidad Autónoma. En determinadas comunidades es posible la presentación telemática.

Una vez tengas el impuesto pagado ya podrás pedir cita previa para realizar la gestión en la Jefatura Provincial de Tráfico de tu lugar de residencia.

 

2. Acude a la Jefatura Provincial de Tráfico

Pide cita previa, descarga y rellena el impreso de solicitud de cambio de titularidad de la moto. El día señalado deberás acudir a la oficina de Tráfico con la siguiente documentación:

  • La solicitud de cambio de titularidad cumplimentada.
  • El contrato de compraventa firmado por ambas partes.
  • El documento nacional de identidad del comprador y vendedor.
  • El comprobante del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
  • El justificante de pago de las tasas de Tráfico (si no las has pagado a través de la web de la DGT podrás realizar el pago allí mismo. Son 54,60 euros para motocicletas y 27,30 euros para ciclomotores).
  • Permiso de circulación de la moto.

En caso de personas jurídicas, además:

  • Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad.
  • Acreditación de la representación e identidad del representante de la empresa (apoderado).

 

Una vez realizado el trámite, Tráfico expedirá la nueva documentación del vehículo con el nuevo titular.

 

3. Notificación de Venta para vendedores

Si eres el vendedor del vehículo es muy recomendable que notifiques a Tráfico lo antes posible que has vendido el vehículo. Para ellos debes rellenar el formulario de notificación de venta y acudir a la Jefatura de Tráfico con el documento cumplimentado, el DNI, contrato de compraventa firmado por ambas partes y pagar la tasa correspondiente (8,50 euros en 2020).

 

4. ¿Qué pasa si he comprado una moto matriculada en Islas Canarias, Ceuta o Melilla?

Además de todos los pasos mencionados anteriormente, en este caso deberás importar primero la moto a la península.

Canarias, Ceuta y Melilla no pagan IVA, pagan el IGIC o el IPSI, un tributo menos elevado con un tipo general del 7% (el IVA de los vehículos es del 21%). Así pues, para poder comprar un vehículo y trasladarlo a la península por un periodo superior a los seis meses la administración querrá compensar los impuestos dejados de pagar en el momento de su primera compra como moto nueva.

Algunos podrían pensar que la administración te exigirá el diferencial entre el 7% y el 21% que se paga en la península. Error. Hacienda te exige pagar el 21% del valor actual de la moto en el momento del traslado a la península.

Deberás presentar la DUA (Documento Único Administrativo) en la Aduana. Un Agente de Aduanas será el encargado de calcular el IVA que deberás pagar para normalizar la situación del vehículo.

Este mismo trámite sirve también para importar motos de países no pertenecientes a la Unión Europea.

Por último, deberás pagar en la DGT la tasa 4.1 de “Cambio de domicilio” del vehículo. Es gratuita excepto para vehículos procedentes de Canarias, Ceuta o Melilla que tiene un coste de 8,50 euros.

 

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